Legitimar las malas costumbres

En los próximos días sabremos si efectivamente las elecciones legislativas nacionales serán efectuadas el 28 de junio, como lo quiere el Gobierno. Esto nos hace pensar no sólo en los pros y contras que conlleva esta decisión a oficialistas y opositores sino en como inciden los comicios en la vida de un funcionario público.
La presidenta Cristina Fernández de Kirchner aseguró que “sería suicida exponer a la sociedad contiendas electorales permanentes de acá al 28 de octubre mientras el mundo se cae a pedazos". En primer lugar me parece un tanto apocalíptica esta apreciación sobre el planeta tierra pero al menos es coherente con otras frases de su discurso tales como “lo que esta pasando en el mundo es mucho más grave de lo que aparece en la televisión o en los medios. Miles de personas se quedan sin trabajo todos los días, se pierden casas, los bancos no saben cuánto van a durar, nadie puede predecir dónde termina esto". Y no digo que vivamos en un mundo ideal ni mucho menos, pero el hecho de utilizar el miedo y la tragedia como elemento manipulador ya no es muy original.
En segundo lugar me parece bueno preguntarnos y preguntarle a Cristina porqué sería suicida exponer a la sociedad a dichas contiendas. ¿Qué es lo que hace un funcionario cuando se avecinan elecciones? O mejor, ¿qué es lo que no hace?
Mientras la Presidenta justifica que “una vez superado el escollo electoral, tendremos mucha apertura y diálogo, alejado de los intereses sectoriales o partidarios”, desde la oposición rugieron todos. Macri: “Convocar a elecciones cambiando las reglas del juego es un síntoma de debilidad”. Stolbizer: “La modificación del calendario esta puesto al servicio del partido del Gobierno”. Morales: “La decisión es irresponsable y de tremenda gravedad institucional”.
Estamos de acuerdo que un funcionario se tiene que preparar para una elección. Perdón, ¿estamos de acuerdo? ¿No es su accionar como tal lo que lo avala para seguir o no en su cargo, además, obviamente, del voto popular?
La Ley de Ética de la Función Pública (Ley 25.188) capitulo 2 artículos C y D indica “Velar en todos sus actos por los intereses del Estado (…), privilegiando de esa manera el interés público sobre el particular” y “No recibir ningún beneficio personal indebido vinculado a la realización, retardo u omisión de un acto inherente a sus funciones, ni imponer condiciones especiales que deriven en ello”.
Cristina dijo: “Una elección demanda muchas veces posicionamientos personales que poco tienen que ver con los intereses argentinos". ¿Hablaba de ella, de sus funcionarios, de la oposición o de todos?

No hay comentarios: